Ley de Alquileres a Corto Plazo
A partir del 1 de enero de 2024 entró en vigor la Ley nº 7464 "Sobre el alquiler de alojamientos con fines turísticos", con una serie de disposiciones clave:
Se permite alquilar alojamientos a turistas durante un máximo de 100 días seguidos. Sin embargo, los alquileres inferiores a 100 días se consideran alquileres a corto plazo.
Los alquileres de corta duración sólo son posibles con un permiso (licencia) expedido por el Ministerio de Cultura y Turismo.
Los propietarios deben obtener el consentimiento de todos los inquilinos del edificio. Además, es posible incluir los alquileres de corta duración en los estatutos de la empresa gestora, lo que requiere el consentimiento del 75% de los inquilinos.
Las solicitudes de licencia se realizan a través del sistema electrónico E-Devlet.
Para obtener una licencia, los residentes locales deben presentar una copia de su documento de identidad (kimlik) y el consentimiento notarial de todos los inquilinos del edificio.
Los extranjeros deben presentar una copia del pasaporte, el número de identificación fiscal o de extranjero (del permiso de residencia, a partir del 99) y el consentimiento notarial de todos los ocupantes.
Las personas jurídicas deben aportar el número de identificación fiscal y el número de registro mercantil o el número MERSİS si están inscritas en el Registro Mercantil.
Los documentos presentados son revisados por la Oficina Provincial y, en caso de discrepancias, son rechazados con justificación. Los trámites relacionados con las solicitudes de licencia deben completarse en un plazo de 30 días.
A la entrada del alojamiento debe colocarse un cartel que indique "Alojamiento turístico" e información de que el alojamiento está bajo la supervisión del Ministerio.
También hay requisitos de alojamiento que se ajustan a las normas hoteleras, como:
- Un límite en el número de huéspedes. La capacidad se calcula de modo que cada habitación pueda alojar hasta 2 personas. Aunque el número de habitaciones que cumplan estas condiciones sea superior, un alojamiento no puede alojar a más de 12 personas, sin incluir a los niños menores de tres años.
- Es responsabilidad del propietario limpiar antes de que lleguen nuevos inquilinos, controlar las plagas y llevar un registro de los huéspedes.
- El piso debe tener al menos lo mínimo indispensable: agua corriente caliente y fría, cocina, zona para sentarse, detector de humos, cuarto de baño, cama con sábanas, mantas, colchas, toallas, etc.
- En la puerta debe haber un plan de evacuación con una escalera de evacuación.
Residencias (viviendas de alta calidad): Urbanizaciones residenciales que contienen más de un bloque de un edificio que reúnen unas condiciones mínimas de habitabilidad; donde hay recepción, seguridad, servicio diario de limpieza, tintorería, lavandería, transporte, servicios de restauración y tiendas, servicios médicos, gimnasio y piscina.
Cuando se presente más de una solicitud en nombre de la misma persona o entidad para más de un local residencial en el mismo complejo, edificio o residencia, se expedirá un único certificado de licencia; no obstante, se expedirá una placa distinta para cada local residencial.
Cuando todas las viviendas de una residencia estén arrendadas por la Autoridad de la Vivienda, se expedirá un único certificado de licencia y placa a nombre de la Autoridad de la Vivienda.
Veremos cómo funcionan las cosas en la práctica.
No hay comentarios todavía
Deja un comentario